Ha habido que esperar más de 6 meses desde la Orden en la que se aprobaron las ayudas del Kit Digital para empresas de 50 a 250 empleados, pero por fin ha llegado. El lunes 09/12 el ministro para la Transformación Digital y de la Función pública Óscar López Águeda presentó el Kit Digital de los nuevos segmentos IV y V en la Cámara de Comercio de España, junto con el presidente de la misma José Luis Bonet y el director general de Red.es Jesús Herrero. Las ayudas tienen unas cuantías entre 25.000 y 29.000 euros. El jueves 12/12/2024 se abre oficialmente la convocatoria para que las empresas de estos empleados (a las que se unen las de menos de 50 que superen en el volumen de negocio anual y balance general anual los 10 millones de euros)
CONTENIDOS
QUÉ ES EL KIT DIGITAL PARA MEDIANAS EMPRESAS
BENEFICIARIOS
CATEGORÍAS
PROCESO DE SOLICITUD
Las bases reguladoras, publicadas en la Orden TDF/435/2024, ya habían establecido el marco para que también las empresas de 50 o más empleados se pudieran beneficiar de las ayudas, pero la apertura real de la convocatoria se ha demorado más meses de lo esperado. Finalmente se abrirá el 12/12/2024 a las 11:00 y permanecerá hasta el 30/06/2024. Las solicitudes se atenderán en régimen de concurrencia de no competitiva (es decir, si cumplen los requisitos se irán atendiendo por orden de llegada).
QUÉ ES EL KIT DIGITAL PARA MEDIANAS EMPRESAS
El Kit Digital para medianas empresas es una ayuda estatal que pretende impulsar la digitalización de PYMES y autónomos y ahora se centran en las medianas empresas (los autónomos están excluidos de los segmentos IV y V, pero sí pueden optar en los segmentos I, II y III). Las ayudas están financiadas financiado por la Unión Europea a través de los fondos NextGenerationEU, en el marco del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia, la agenda España Digital 2025 y el Plan de Digitalización de Pymes 2021-2025.
En concreto, para esta convocatoria se asignan 350 millones de euros que se asignarán repartidos en bonos para las empresas de entre 50 y 250 empleados de 25.000 y 29.000 euros respectivamente.
BENEFICIARIOS
La primera novedad importante de la nueva Orden es la creación de dos nuevos segmentos (IV y V), que vienen a sumarse a los tres existentes, quedando así:
- Segmento I: Pequeñas empresas entre 10 y menos de 50 empleados.
- Segmento II: Pequeñas empresas , microempresas o autónomos entre 3 y menos de 10 empleados.
- Segmento III: Pequeñas empresas, microempresas o autónomos de entre 0 y menos de 3 empleados.
- Segmento IV: Medianas empresas de entre 50 y menos de 100 empleados. (En este segmento se incluyen también las empresas con menos de 50 empleados que tengan consideración de mediana empresa al superar el volumen de negocios anual y balance general anual de 10 millones de euros).
- Segmento V: Medianas empresas de entre 100 y menos de 250 empleados.
En la presentación del programa se estima que en el segmento IV se encuentran unas 12.500 PYMES y en el segmento V unas 7.600 (el objetivo de Red.es es llegar al 50% de estas cifras).
El siguiente cuadro especifica los presupuestos asignados en los segmentos y la ayuda que cada beneficiario obtiene en cada uno de ellos.
FUENTE: Presentación de Red.es de la nueva convocatoria en la Cámara de Comercio de España
CATEGORÍAS
Para los nuevos segmentos hay exactamente 14 categorías. En total para el Kit Digital son 17, pero las categorías de “1-Sitio Web y Presencia en Internet” y “11-Market Place” solo se aplican en los segmentos I, II y III y la categoría “Puesto de trabajo seguro” (la que ofrece un dispositivo tipo ordenador) solo está disponible para el segmento III.
Las categorías son las siguientes:
- Comercio electrónico
- Gestión de Redes Sociales
- Gestión de Clientes
- Business Intelligence y Analítica
- Gestión de Procesos
- Gestión de la facturación y factura electrónica (anteriormente se llamaba Facturación Electrónica)
- Servicios y herramientas de Oficina Virtual
- Comunicaciones Seguras
- Ciberseguridad
- Presencia avanzada en Internet
- Servicio de Ciberseguridad Gestionada
- Gestión de clientes con IA asociada
- Business Intelligence y Analítica e IA asociada
- Gestión de procesos con IA asociada
Hay que tener en cuenta que las cuatro últimas categorías son absolutamente nuevas, y que las tres últimas son incompatibles con otras de las ya existentes. Así, gestión de procesos es incompatible con gestión de procesos con IA, gestión de clientes con gestión de clientes con IA y Business Intelligence y Analítica con Business Intelligence y Analítica e IA. En estos estos tres pares de categorías, los beneficiarios tendrán que elegir una sola de ellas.
Las categorías que ya existían, con la excepción de la 1 y la 11 antes mencionadas, a partir de esta Orden tienen nuevos máximos de ayudas, en caso de que la PYME haya obtenido una ayuda en los segmentos IV (entre 50 y 100 empleados) y V (entre 100 y 250 empleados). En el siguiente cuadro se dejan fuera las categorías que no están presentes en los nuevos segmentos de medianas empresas (Sitio Web de Presencia y Market Place), así como las categorías exclusivas de estos segmentos (Gestión de clientes con IA asociada, Business Intelligence y Analítica e IA asociada y Gestión de procesos con IA asociada).
FUENTE: Presentación de Red.es de la nueva convocatoria en la Cámara de Comercio de España
PROCESO DE SOLICITUD
En esta convocatoria se mantiene la obligatoriedad de registrarse en el área privada de www.acelerapyme.es y completar el test de autodiagnóstico digital y también se mantiene el trámite completamente electrónico, permitiendo a la administración consultar de oficio los requisitos de la empresa solicitante. Red.es dispone de una plataforma que utiliza herramientas de robotización e inteligencia artificial automatizado para facilitar el proceso, pero requiere también que toda la documentación a aportar se haga electrónicamente.
EN cuanto al segmento al que podrá optar la empresa. el número de empleados se calculará teniendo en cuenta la plantilla media de trabajadores en los 12 meses inmediatamente anteriores a la fecha de solicitud de la ayuda.
Por último, se mantiene la figura del Representante Voluntario (como es el caso de Extra Software, que realiza este trámite gratuitamente), que puede realizar la solicitud en nombre de un tercero.
Extra Software es también agente digitalizador en la mayoría de las categorías. Solo los agentes digitalizadores pueden suscribir “acuerdos de prestación de soluciones de digitalización” con las empresas beneficiarias de estas ayudas.