Se abre la convocatoria III para solicitar un ordenador con el Kit Digital

Se abre la convocatoria III para solicitar un ordenador con el Kit Digital

A partir del 14 de junio todas las empresas pertenecientes al segmento III pueden solicitar un ordenador con el Kit Digital, incrementándose por tanto la ayuda previamente ofrecida de 2.000 a 3.000 euros. Pueden beneficiarse de esta ampliación en el importe de la ayuda tanto los nuevos beneficiarios como aquellos que ya solicitaron el Kit Digital, siempre que no hayan renunciado o desistido de su Bono Digital (con lo que habrían perdido su condición de beneficiarios).

Los beneficiarios del segmento III del Kit Digital  verán incrementada su ayuda de 2.000 a 3.000 euros.

A partir del viernes 14 de junio a las 11:00h se puede solicitar un ordenador con el Kit Digital. Esto supone, además, las solicitudes ya concedidas dispondrán de 1.000 euros más para financiarlo. También se ampliará el plazo de solicitudes, que hasta ahora tenía como fecha máxima el 31/12/2024, contando ahora con más tiempo, hasta el 31/10/2025.

Los nuevos beneficiarios obtendrán directamente la ayuda de 3.000 euros, mientras que los que ya solicitaron los 2.000 euros del segmento III podrán beneficiarse también del incremento de 1.000 euros adicionales.

¿Cómo se solicitan los 1.000 euros adicionales?

La solicitud de estos 1.000 euros adicionales se llevará a cabo mediante una Declaración de Conformidad del beneficiario, que se podrá presentar y firmar en la plataforma de la sede electrónica del Kit Digital.

Para formalizar el Acuerdo de Prestación de Soluciones de Digitalización de esta nueva categoría es necesario haber optado además por otra u otras Categorías de Solución de Digitalización disponibles, que han sido ampliadas en el mes de mayo. Es decir, para solicitar un ordenador con el Kit Digital, es necesario invertir una parte del Bono Digital concedido en otro tipo de soluciones de software, ya sea una página web de presencia, una tienda online, etc.

Para hacer todo esto posible, la ayuda para este segmento se ha incrementado en 500 millones de euros.

Adquisición del hardware

Al solicitar un ordenador con el Kit Digital, este se cederá en uso al beneficiario, quien, si así lo quiere, también podrá adquirirlo.

Para hacerlo, una vez terminados los 12 meses de prestación del servicio, el beneficiario podrá abonar al Agente Digitalizador Adherido el valor residual del ordenador para hacerlo de su propiedad.

El Agente Digitalizador deberá informar al beneficiario de cuál es ese valor residual, que será como máximo el 15% del importe que se haya fijado, y deberá aparecer reflejado en el Acuerdo de Prestación de Soluciones de Digitalización.

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Requisitos mínimos del dispositivo hardware

El ordenador incluido en la categoría de Puesto de trabajo seguro debe cumplir una serie de requisitos mínimos, recogidos en el apartado 17 de la Orden TDF/435/2024 para asegurar la calidad y utilidad del dispositivo:

El dispositivo tendrá que entregarse ya configurado a nivel de hardware y software, incluyendo todas las actualizaciones que fueran necesarias.

El procesador del elemento de hardware debe de tener como mínimo 4 núcleos físicos y una velocidad de reloj máxima de al menos 2.9 GHz. En cuanto a la memoria RAM, debe de ser de 16 GB o una tecnología superior equivalente. Como mínimo, el ordenador debe tener un almacenamiento interno de 512 GB.

En el caso de que se trate de un ordenador portátil, la pantalla tendrá que tener mínimo 13 pulgadas, mientras que, si es un ordenador de sobremesa, la pantalla será como mínimo de 23 pulgadas, además de incluir periféricos y webcam (esto último, en los dos casos).

Además, es necesario que tanto portátiles como ordenadores de sobremesa cuenten con etiquetas adhesivas con las características técnicas mínimas.

Por último, el equipo deberá contar con una solución de ciberseguridad completa. El Agente Digitalizador también tendrá que proporcionar un servicio de Mantenimiento y Soporte desde que se entreguen los dispositivos hasta que se termine el periodo de 12 meses del uso de este.

Solicitar un ordenador con el Kit Digital para los beneficiarios del segmento III es posible a partir del 14 de junio, con la ayuda de 3.000 euros para los nuevos beneficiarios, o con la ampliación de 1.000 euros para los que ya la hubieran solicitado. La nueva categoría se llamará Puesto de trabajo seguro, y el dispositivo de hardware deberá cumplir con una serie de especificaciones mínimas entre las que se incluye una solución de ciberseguridad completa.

Apertura de la convocatoria del Kit Consulting para PYMES entre 10 y 250 empleados

Apertura de la convocatoria del Kit Consulting para PYMES entre 10 y 250 empleados

El 12 de mayo entró en vigor la Orden del Kit Consulting para PYMES (Orden TDF/436/2024). Las ayudas son para servicios de asesoramiento con el objetivo de impulsar la Transformación Digital de empresas de entre 10 y 250 empleados, repartidos en tres segmentos, con cuantías entre 12.000 y 24.000 euros. Las categorías de la ayuda incluyen servicios de asesoramiento en ámbitos tan diversos como la Inteligencia Artificial, el análisis de datos, los procesos de negocio o la Ciberseguridad. La convocatoria para solicitar estas ayudas  se ha abierto el 18/06/2024  y se cerrará, salvo agotamiento de los fondos, el 31/12/2024. Al igual que con el Kit Digital, se concederán en régimen de concurrencia no competitiva hasta agotar el crédito. Te contamos todo sobre el Kit Consulting para PYMES entre 10 y 250 empleados.

NOTA: Publicación actualizada el 18/06/2024, con la apertura de la Convocatoria.

CONTENIDOS

Segmentos

Requisitos para los beneficiarios

Categorías de Kit Consulting

Asesor Digital Adherido

Estas nuevas ayudas Kit Consulting habían sido anunciadas por el ministro para la Transformación Digital y de la Función Pública José Luis Escrivá, al igual que la ampliación del Kit Digital, cuya orden fue publicada el mismo día que esta Orden, e igualmente entrará en vigor el 12 de mayo.  El importe total asignado a estas ayudas es de 300 millones de euros, con financiación de los Fondos Europeos NextGenerationEU. Cualquier empresa con entre 10 y 250 empleados podrá optar a estas ayudas que se concederán, si se cumplen requisitos, por orden de solicitud (régimen de concurrencia no competitiva). Desde el 18/06 está ya en vigor la convocatoria por la que se puede optar a estas ayuda, y la fecha límite es el 31/12/2024.  También rige el principio, tal y como está recogido en la Orden, de que se cerrarán antes si se agota el presupuesto asignado de 300 millones.

Kit Consulting para PYMES

SEGMENTOS

Los segmentos que se establecen para esta ayuda son tres:

  • Segmento A. Entre 10 y menos de 50 empleados. Se asignan 12.000 euros por empresa.
  • Segmento B. Entre 50 y menos de 100 empleados. Se asignan 18.000 euros por empresa.
  • Segmento C. entre 100 y menos de 250 empleados. Se asignan 24.000 euros por empresa.

El siguiente cuadro, extraído de la propia orden, contiene la misma información:

segmentos kit consultin

REQUISITOS PARA LOS BENEFICIARIOS

Las empresas que quieran ser beneficiarios de estas ayudas tendrán como requisitos:

  • Tener domicilio fiscal en España.
  • Tener consideración de PYME, con el número de empleados de cada segmento.
  • Estar dada de alta como empresa y no tener consideración de empresa en crisis.
  • Estar al corriente de obligaciones tributarias y frente a la seguridad social.
  • No tener ninguna orden de recuperación pendiente con la Comisión Europea que haya declarado una ayuda ilegal o incompatible con el mercado común, así como no estar incurso en ninguna de las prohibiciones del artículo 13, apartado 2, de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones.
  • No superar el límite de ayudas de mínimis, que son actualmente 300.000 euros en los últimos 3 años, incluyendo el de solicitud de la ayuda.

No podrán solicitar esta ayuda UTES, los propios Asesores Digitales Adheridos (lógicamente), los autónomos, las empresas de naturaleza pública y entidades de derecho público, así como los colegios profesionales, las sociedades civiles, las comunidades de bienes, las comunidades de propietarios en régimen de propiedad horizontal o cualquier otro tipo de unidad económica o patrimonio separado que carezca de personalidad jurídica.

Las empresas beneficiarias estarán sujetas también a una serie de obligaciones, pero sobre todo se refieren al cumplimiento de la legalidad vigente el procedimiento de trámite del Kit Consulting para PYMES.

  • Firmar acuerdos de Prestación de Servicios de Asesoramiento con los Asesores Digitales Adheridos, que tendrán sus soluciones publicadas en el Catálogo de Servicios de Asesoramiento del Programa que será publicado en la siguiente web: https://www.acelerapyme.gob.es/kit-consulting.
  • Adoptar medidas eficaces para el cumplimiento de lo exigido por la normativa de subvenciones públicas, así como para impedir la doble financiación, la falsificación de la documentación y el conflicto de interés.
  • Demostrar que no ha recibido ninguna otra subvención, ayuda, ingreso o recurso, que cubra el mismo concepto cubierto por la prestación de Servicios de Asesoramiento, para lo que deberá firmar una declaración responsable.
Kit Consulting para PYMES

CATEGORÍAS DE KIT CONSULTING

Las categorías del Kit Consulting para PYMES están relacionadas con diferentes ámbitos, como la Inteligencia Artificial, el Análisis de datos, las Ventas Digitales, el asesoramiento en estrategia y procesos de negocio, la ciberseguridad y la transformación digital. Todos ellos tienen una cuantía asignada de un máximo de 6.000 euros por categoría, independientemente de que la empresa esté adscrita al segmento A, B o C. Esto quiere decir que las empresas del segmento A podrían en principio contratar dos soluciones las del segmento B tres soluciones y las del segmento C cuatro soluciones.

importe categorias kit consulting
En concreto las categorías son las siguientes:

I. Servicio de Asesoramiento en Inteligencia Artificial.

II. Servicio de Asesoramiento en Análisis de Datos (Básico).

III. Servicio de Asesoramiento en Análisis de Datos (Avanzado).

IV. Servicio de Asesoramiento en Ventas Digitales.

V. Servicio de Asesoramiento en Procesos de Negocio o Proceso de Producción.

VI. Servicio de Asesoramiento en Estrategia y Rendimiento de Negocio.

VII. Servicio de Asesoramiento en Ciberseguridad (Básico).

VIII. Servicio de Asesoramiento en Ciberseguridad (Avanzado).

IX. Servicio de Asesoramiento en Ciberseguridad (Preparación para Certificación).

X. Servicio de Asesoramiento «360» en Transformación Digital.

ASESOR DIGITALIZADOR ADHERIDO

Al igual que en el Kit Digital, las empresas pueden optar a ser Asesor Digital Adherido, cumpliendo los siguientes requisitos:

  • El volumen neto de la cifra de negocio del último año fiscal cerrado anterior al de la presentación de la solicitud de adhesión debe ser igual o superior a 100.000 euros, o que la media del volumen neto de cifra de negocio de los últimos tres años fiscales cerrados desde la fecha de la solicitud de adhesión sea superior a 100.000 euros.
  • Estar al corriente de sus obligaciones tributarias y frente a la Seguridad Social.
  • Tener domicilio fiscal en un país de la Unión Europea.
  • Estar dado dada de alta en Impuesto de Actividades Económicas (IAE) en alguna de las agrupaciones de actividades económicas definidas en el Anuncio de Adhesión definidas en la propia orden (anexo III).

Los asesores digitales adheridos estarán también sometidos a un proceso similar de justificación de las soluciones prestadas al del Kit Digital. Para verificar el cumplimiento de la normativa se definen como entidades colaboradoras la Cámara de comercio de España y el Consejo General de Notariado, que asistirán tanto en la verificación de las solicitudes como en la justificación de la prestación de las soluciones.

La llegada del Kit Consulting para PYMES es otra magnífica oportunidad para que las empresas avancen en su Transformación Digital, incorporando asesoramiento en tecnologías innovadoras y competitivas.

Ampliación del Kit Digital para PYMES de más de 50 empleados

Ampliación del Kit Digital para PYMES de más de 50 empleados

Por fin ha llegado la Orden que amplía las ayudas del Kit Digital (Orden TDF/435/2024). Por ella, llega el Kit Digital para Pymes de más de 50 empleados (en concreto, entre 50 y menos de 250). La mayoría de las categorías existentes -aunque no todas- se amplían ahora dos nuevos segmentos (de 50 a 100 y de 100 a 250 empleados). Además, la Orden que introduce esta novedad incluye también nuevas categorías -de la 13 a la 17-, cubriendo aspectos como la Ciberseguridad Gestionada y las soluciones de gestión de clientes/ procesos y Business Intelligence con IA asociada. También se incorpora una nueva categoría, solo para el segmento III, que permitirá disponer de un ordenador (sobremesa o portátil), con una ayuda de 1.000 euros. Te contamos los nuevos beneficiarios, categorías y otras novedades de esta nueva Orden.

La Orden TDF/435/2024 se ha publicado en el BOE el pasado 11 de mayo y ha entrado en vigor el 12/05/2024 (al día siguiente). Según la propia Orden, se pretende que llegue al menos a 12.100 PYMES con entre 50 y menos de 250 empleados, además de cubrir el objetivo de al menos 629.000 PYMES con menos de 50 empleados, que ya se estaban beneficiando. Las categorías de medianas empresas suponen bonos de entre 25.000 y 29.000 euros. Por otra parte, implica la creación de nuevas categorías, que a continuación detallaremos. También hay pequeños cambios en los requisitos, de no demasiada importancia, que también detallamos.

Kit Digital para más de 50 empleados

BENEFICIARIOS

La primera novedad importante de la nueva Orden es la creación de dos nuevos segmentos (IV y V), que vienen a sumarse a los tres existentes, quedando así:

  • Segmento I: Empresas  y autónomos de  entre 10 y menos de 50 empleados. 12.000€ de ayuda.
  • Segmento II: Empresas y autónomos de entre 3 y menos de 10 empleados. 6.000€ de ayuda.
  • Segmento III: Empresas y autónomos  de entre 0 y menos de 3 empleados. La novedad de este segmento es que con la nueva categoría “Puesto de trabajo seguro” (que permite disponer de un ordenador), se amplía a 3.000€ de ayuda.
  • Segmento IV (nuevo): Medianas empresas de entre 50 y menos de 100 empleados. (En este segmento se incluyen también las empresas con menos de 50 empleados que tengan consideración de mediana empresa al superar el volumen de negocios anual y balance general anual de 10 millones de euros). 25.000€ de ayuda.
  • Segmento V (nuevo): Medianas empresas de entre 100 y menos de 250 empleados. 29.000€ de ayuda.

El siguiente cuadro especifica los tramos y cuantías de cada segmento:

Kit digital para PYMES de más de 50 empleados

REQUISITOS

Hay pocas novedades en cuanto a los requisitos que debe cumplir una empresa para estar en el Kit Digital, sin embargo, habrá que esperar a que salgan las convocatorias para los segmentos IV y V para saber si cambia algo más.

Hasta ahora,  los principales requisitos eran estar establecido en España, llevar más de 6 meses de actividad, haber realizado el test de autodiagnóstico digital, tener la consideración de PYME (u otras entidades en la convocatoria IV), estar dado de alta en el censo de empresarios y profesionales, estar al corriente de todas sus obligaciones fiscales y no tener ningún tipo de conflicto con administraciones.

También había otros dos requisitos (no tener la consideración de empresa en crisis y no superar el límite máximo de ayudas de minimis) que sufren cambios:

Las ayudas de minimis son   ayudas para empresas que los Estados miembros de la Unión Europea no tienen que notificar a la Comisión Europea. Estas ayudas no podían superar un máximo de 200.000 euros en tres años. Por aplicación de determinados reglamentos de la UE, el nuevo máximo para las ayudas de minimis ha quedado fijado desde el 01/01/2024, en 300.000 euros durante 3 años.

También cambia la consideración de empresa en crisis, que hasta ahora añadía un párrafo referido a la excepcionalidad de las empresas en crisis como consecuencia de la pandemia. Estas constituían durante un periodo acotado una excepción a este requisito y han dejado de serlo, porque dicho periodo finalizó hace años.

AMPLIACION KIT DIGITAL A MAS DE 50 EMPLEADOS

NUEVAS CATEGORÍAS DEL KIT DIGITAL

Kit digital para PYMES de más de 50 empleados

Fuente: Orden TDF/434/2024

Hasta ahora existían 10 categorías de la ayuda, y ahora se añaden otras 5, cuatro de ellas para empresas de entre 50 y 250 empleados y una para las de menos de 3. Las nuevas categorías para las medianas empresas (50 o más empleados) son las siguientes:

Categoría 13: SERVICIO DE CIBERSEGURIDAD GESTIONADA. Combina técnicas de EDR (Endpoint Detection and Response) y MDR (Managed Detection and Response) para una mayor ciberseguridad en tiempo real.

Está dotada con 250€ por dispositivo, independientemente del número de empleados (siempre que tenga entre 50 y 250 empleados)

Categoría 14: GESTION DE CLIENTES CON IA ASOCIADA. Digitaliza y optimiza la gestión de las relaciones comerciales con clientes mediante capacitaciones en inteligencia artificial (IA) para optimizar procesos y agilizar las interacciones.

Incluye, además de las funcionalidades de la categoría 4 (gestión de clientes), diversas funcionalidades de IA (LeadScoring predictivo, automatización de reuniones, tareas y journeys de venta,…) así como una capacitación en fundamentos de IA generativa en las funcionalidades descritas el ámbito de la gestión de clientes. Esta capacitación habrá de ser de 20 horas a lo largo de 2 meses.

Categoría 15: BI Y ANALÍTICA E IA ASOCIADA.  Se trata de mejorar el proceso de toma de decisiones mediante capacitaciones en inteligencia artificial (IA) especializadas en Business Intelligence (BI) y analítica.

Aparte de las funcionalidades de la categoría 5 (BI y Analítica), incluye una capacitación en fundamentos de IA generativa en el ámbito de BI y analítica, con una duración de 20 horas a lo largo de dos meses.

Categoría 16: GESTIÓN DE PROCESOS CON IA ASOCIADA. Busca digitalizar y/o automatizar procesos de negocio relacionados con los aspectos operativos o productivos de las empresas beneficiarias mediante capacitaciones en inteligencia artificial (IA) especializadas en gestión de procesos.

Incluye, además de las funcionalidades de la categoría 5 (gestión de procesos), una capacitación en fundamentos de IA generativa para la gestión de procesos, con una duración de 20 horas a lo largo de dos meses.

NUEVA CATEGORÍA PARA SEGMENTO III (DISPOSITIVO ORDENADOR)

La nueva categoría para empresas y autónomos de menos de 3 empleados (segmento III) es la siguiente:

Categoría 17: PUESTO DE TRABAJO SEGURO. Es la única categoría que incluye un hardware (quitando soluciones en las que el hardware forma parte inseparable de la solución de software). En este caso es un dispositivo hardware que debe incluir los requisitos de la categoría 10 (ciberseguridad), así como otros requisitos de encriptado y cifrado que aseguren la protección de los datos. La solución es ofrecida en la modalidad de servicio: el dispositivo se pone a disposición del usuario, pero no es de su propiedad durante los primeros 12 meses, pasados los cuales tiene una opción a compra por un máximo de un 15% del importe fijado en el acuerdo de prestación de la solución.

Esta categoría detalla muy exhaustivamente todas las características físicas y lógicas que debe cumplir el dispositivo, pero no menciona qué tipo de dispositivo debe ser (sobremesa o portátil), sino más bien los requisitos de procesador, memoria RAM, almacenamiento, SO, tarjeta gráfica o de sonido, así como los periféricos y las características físicas en cada caso (sobremesa o portátil). También incluye una serie de requisito de ciberseguridad que debe cumplir y cómo debe ser el soporte y la reparación en caso de avería, así como la inclusión de una etiqueta que indique que ha sido Financiado por la Unión Europea-Next Generation EU y los logos correspondientes.

El resto de categorías, con la excepción de la 1 y la 11,  a partir de esta Orden constan también de nuevos máximos de ayuda por categoría, en caso de que la PYME haya obtenido una ayuda en los segmentos IV y V (entre 50 y 100 empleados y entre 100 y 250 empleados), proporcional al aumento de empleados.

agente digitalizador

EXTRA SOFTWARE AGENTE DIGITALIZADOR

Para ser agente digitalizador de estos segmentos, se deben cumplir los mismos requisitos que para los segmentos anteriores (100.000 euros de facturación en los dos años anteriores a la solicitud de adhesión, si eres empresa, o 70.000 euros en el mismo periodo, los autónomos). Extra Software ya era agente digitalizador del KIT DIGITAL y por tanto puede ofrecer también servicios tanto la ampliación de las categorías existentes como para las nuevas categorías.

En conclusión, es una excelente ocasión para PYMES de más de 50 empleados, que pueden equiparse no solo de soluciones de digitalización avanzadas, sino también de ciberseguridad y capacitación en IA.  También es la posibilidad para los autónomos para hacerse con un dispositivo de hardware financiado en un 85% por los fondos de la UE, tanto en el caso de que soliciten ahora la ayuda, como en el de aquellos que la hayan solicitado cuando era un importe de 2.000 euros y no incluía dotación de hardware.

Extra Software está a disposición de sus clientes para informarles en detalle de las características de esta fase de las ayudas del Kit Digital y continuará siendo Agente Digitalizador para ofrecerles soluciones digitales financiadas con las mismas.

Si estás interesado puedes rellenar el formulario que figura más abajo y nos pondremos en contacto contigo.

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    El último año del Kit Digital: cómo beneficiarse

    El último año del Kit Digital: cómo beneficiarse

    La convocatoria del segmento I del Kit Digital (empresas de 10 a menos de 50 empleados) comenzó el 15/03/2022 y sus fondos se encuentran ya comprometidos, por lo que no aceptan más solicitudes. Siguen activas las de los segmentos II (entre 3 y menos de 10 empleados) y III (menos de 3 empleados) y la convocatoria para empresas de 50 o más empleados se está haciendo esperar (pese a su anuncio antes del verano). Te resumimos cuál es la situación en el último año del Kit Digital.

    CONTENIDOS

    Situación en el último año del Kit Digital

    Cómo beneficiarse del Kit Digital

    Extra Software y el Kit Digital

    Mientras esperábamos que llegara la convocatoria para empresas de 50 o más empleados, se publicó la de las comunidades de bienes, sociedades civiles con objeto mercantil, sociedades civiles profesionales y explotaciones agrarias de titularidad compartida. La convocatoria IV abrió sus puertas el 12/09/2023, y estará vigente, salvo agotamiento de los fondos, hasta el 31/12/2024.

    KIT DIGITAL AÑO 2024

    Situación en el último año del Kit Digital

    Así las cosas , la situación del Kit Digital es a fecha de hoy la siguiente. Las convocatorias vigentes son las siguientes:

    • Convocatoria I (C005/22-SI): para PYMES con entre 10 y menos de 50 empleados.  Está abierta desde el 15/03/2023 y tuvo los fondos temporalmente comprometidos a finales de 2023. A fecha de hoy sigue aceptando solicitudes y está vigente hasta el 31/12/2024 o hasta agotamiento de los fondos.
    • Convocatoria II (C015/22-SI), para PYMES y autónomos con entre 3 y menos de 10 empleados. Está abierta desde 02/09/2022 y permanecerá así hasta el 31/12/2024 o hasta agotamiento de los fondos.
    • Convocatoria III (C022/22-SI), para PYMES y autónomos con menos de 3 empleados. Está abierta desde el 20/10/2022 y permanecerá así hasta el 31/12/2024 o hasta agotamiento de los fondos.
    • Convocatoria IV (C013/23-SI), para CB, Sociedades Civiles con objeto mercantil, sociedades civiles profesionales y explotaciones agrarias de titularidad compartida con entre 0 y menos de 50 empleados. Está abierta desde el 12/09/2023 y permanecerá así hasta el 31/12/2024 o hasta agotamiento de los fondos.

    Por último, la convocatoria para PYMES de 50 o más empleados, con ayudas entre 25.000 y 29.000 euros por empresa, si bien la entonces ministra Nadia Calviño anunció en mayo de 2023 que estaba aprobada por el Gobierno y enviada a Bruselas, no está aún publicada a fecha de hoy. Cierta inestabilidad política que vivimos después del verano de 2023, con algunas dificultades para aprobación de presupuestos, puede haber influido.

    KIT DIGITAL AÑO 2024

    Cómo beneficiarse del Kit Digital

    Aunque hay muchos requisitos en las bases de la convocatoria, finalmente se resumen para la mayoría de las empresas y autónomos en muy pocos:

    • Estar dado de alta como empresa o autónomo y tener al menos 6 meses de antigüedad
    • Disponer de los empleados que establece la Convocatoria a la que se opta (y si no se tiene empleados, se opta a la III)
    • Que la sede de la empresa esté establecida en España.
    • No tener deudas ni litigios con la Administración Pública, y estar libre de condenas y sanciones
    • No haber disfrutado de ayudas de minimis por un valor superior a 200.000 euros en los últimos 3 años, incluyendo el de la solicitud de la ayuda

    A ellos se sumaría haberse dado de alta en la página AceleraPYME y haber realizado el test de Autodiagnóstico Digital. Este requisito es conseguible fácilmente por cualquier empresa o autónomo (el alta es muy sencilla y contestar las preguntas del test también). A este respecto hay que decir que el resultado que facilite el test no influye en la concesión o no de la ayuda, el requisito que Red.es se cumple tan solo contestando a las preguntas del test, independientemente de las respuestas.

    Extra Software y el Kit Digital

    Desde Extra Software consideramos que la mayoría de nuestros clientes cumplen estos requisitos, por tanto, salvo que se cuenten con  50 o más empleados (convocatoria que aún no han salido), les animamos a solicitar esta ayuda y obtener un bono digital por valor de entre 2.000 y 12.000 euros, y próximamente de hasta 29.000 euros, para empresas de 50 o más empleados.

    Disponemos además de amplia experiencia en la tramitación de la ayuda, habiendo atendido a cientos de empresas en situación de solicitarla, la mayoría de ellas exitosamente. Si bien no podemos siempre garantizar la concesión, porque la casuística de las empresas y autónomos es muy variada y ningún agente puede garantizar eso, sí podemos asegurar que la solicitud se cursará y le haremos un seguimiento continuo hasta la concesión.