El 12 de mayo entró en vigor la Orden del Kit Consulting para PYMES (Orden TDF/436/2024). Las ayudas son para servicios de asesoramiento con el objetivo de impulsar la Transformación Digital de empresas de entre 10 y 250 empleados, repartidos en tres segmentos, con cuantías entre 12.000 y 24.000 euros. Las categorías de la ayuda incluyen servicios de asesoramiento en ámbitos tan diversos como la Inteligencia Artificial, el análisis de datos, los procesos de negocio o la Ciberseguridad. La convocatoria para solicitar estas ayudas se ha abierto el 18/06/2024 y se cerrará, salvo agotamiento de los fondos, el 31/12/2024. Al igual que con el Kit Digital, se concederán en régimen de concurrencia no competitiva hasta agotar el crédito. Te contamos todo sobre el Kit Consulting para PYMES entre 10 y 250 empleados.
NOTA: Publicación actualizada el 18/06/2024, con la apertura de la Convocatoria.
CONTENIDOS
Segmentos
Requisitos para los beneficiarios
Categorías de Kit Consulting
Asesor Digital Adherido
Estas nuevas ayudas Kit Consulting habían sido anunciadas por el ministro para la Transformación Digital y de la Función Pública José Luis Escrivá, al igual que la ampliación del Kit Digital, cuya orden fue publicada el mismo día que esta Orden, e igualmente entrará en vigor el 12 de mayo. El importe total asignado a estas ayudas es de 300 millones de euros, con financiación de los Fondos Europeos NextGenerationEU. Cualquier empresa con entre 10 y 250 empleados podrá optar a estas ayudas que se concederán, si se cumplen requisitos, por orden de solicitud (régimen de concurrencia no competitiva). Desde el 18/06 está ya en vigor la convocatoria por la que se puede optar a estas ayuda, y la fecha límite es el 31/12/2024. También rige el principio, tal y como está recogido en la Orden, de que se cerrarán antes si se agota el presupuesto asignado de 300 millones.
SEGMENTOS
Los segmentos que se establecen para esta ayuda son tres:
- Segmento A. Entre 10 y menos de 50 empleados. Se asignan 12.000 euros por empresa.
- Segmento B. Entre 50 y menos de 100 empleados. Se asignan 18.000 euros por empresa.
- Segmento C. entre 100 y menos de 250 empleados. Se asignan 24.000 euros por empresa.
El siguiente cuadro, extraído de la propia orden, contiene la misma información:
REQUISITOS PARA LOS BENEFICIARIOS
Las empresas que quieran ser beneficiarios de estas ayudas tendrán como requisitos:
- Tener domicilio fiscal en España.
- Tener consideración de PYME, con el número de empleados de cada segmento.
- Estar dada de alta como empresa y no tener consideración de empresa en crisis.
- Estar al corriente de obligaciones tributarias y frente a la seguridad social.
- No tener ninguna orden de recuperación pendiente con la Comisión Europea que haya declarado una ayuda ilegal o incompatible con el mercado común, así como no estar incurso en ninguna de las prohibiciones del artículo 13, apartado 2, de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones.
- No superar el límite de ayudas de mínimis, que son actualmente 300.000 euros en los últimos 3 años, incluyendo el de solicitud de la ayuda.
No podrán solicitar esta ayuda UTES, los propios Asesores Digitales Adheridos (lógicamente), los autónomos, las empresas de naturaleza pública y entidades de derecho público, así como los colegios profesionales, las sociedades civiles, las comunidades de bienes, las comunidades de propietarios en régimen de propiedad horizontal o cualquier otro tipo de unidad económica o patrimonio separado que carezca de personalidad jurídica.
Las empresas beneficiarias estarán sujetas también a una serie de obligaciones, pero sobre todo se refieren al cumplimiento de la legalidad vigente el procedimiento de trámite del Kit Consulting para PYMES.
- Firmar acuerdos de Prestación de Servicios de Asesoramiento con los Asesores Digitales Adheridos, que tendrán sus soluciones publicadas en el Catálogo de Servicios de Asesoramiento del Programa que será publicado en la siguiente web: https://www.acelerapyme.gob.es/kit-consulting.
- Adoptar medidas eficaces para el cumplimiento de lo exigido por la normativa de subvenciones públicas, así como para impedir la doble financiación, la falsificación de la documentación y el conflicto de interés.
- Demostrar que no ha recibido ninguna otra subvención, ayuda, ingreso o recurso, que cubra el mismo concepto cubierto por la prestación de Servicios de Asesoramiento, para lo que deberá firmar una declaración responsable.
CATEGORÍAS DE KIT CONSULTING
Las categorías del Kit Consulting para PYMES están relacionadas con diferentes ámbitos, como la Inteligencia Artificial, el Análisis de datos, las Ventas Digitales, el asesoramiento en estrategia y procesos de negocio, la ciberseguridad y la transformación digital. Todos ellos tienen una cuantía asignada de un máximo de 6.000 euros por categoría, independientemente de que la empresa esté adscrita al segmento A, B o C. Esto quiere decir que las empresas del segmento A podrían en principio contratar dos soluciones las del segmento B tres soluciones y las del segmento C cuatro soluciones.
I. Servicio de Asesoramiento en Inteligencia Artificial.
II. Servicio de Asesoramiento en Análisis de Datos (Básico).
III. Servicio de Asesoramiento en Análisis de Datos (Avanzado).
IV. Servicio de Asesoramiento en Ventas Digitales.
V. Servicio de Asesoramiento en Procesos de Negocio o Proceso de Producción.
VI. Servicio de Asesoramiento en Estrategia y Rendimiento de Negocio.
VII. Servicio de Asesoramiento en Ciberseguridad (Básico).
VIII. Servicio de Asesoramiento en Ciberseguridad (Avanzado).
IX. Servicio de Asesoramiento en Ciberseguridad (Preparación para Certificación).
X. Servicio de Asesoramiento «360» en Transformación Digital.
ASESOR DIGITALIZADOR ADHERIDO
Al igual que en el Kit Digital, las empresas pueden optar a ser Asesor Digital Adherido, cumpliendo los siguientes requisitos:
- El volumen neto de la cifra de negocio del último año fiscal cerrado anterior al de la presentación de la solicitud de adhesión debe ser igual o superior a 100.000 euros, o que la media del volumen neto de cifra de negocio de los últimos tres años fiscales cerrados desde la fecha de la solicitud de adhesión sea superior a 100.000 euros.
- Estar al corriente de sus obligaciones tributarias y frente a la Seguridad Social.
- Tener domicilio fiscal en un país de la Unión Europea.
- Estar dado dada de alta en Impuesto de Actividades Económicas (IAE) en alguna de las agrupaciones de actividades económicas definidas en el Anuncio de Adhesión definidas en la propia orden (anexo III).
Los asesores digitales adheridos estarán también sometidos a un proceso similar de justificación de las soluciones prestadas al del Kit Digital. Para verificar el cumplimiento de la normativa se definen como entidades colaboradoras la Cámara de comercio de España y el Consejo General de Notariado, que asistirán tanto en la verificación de las solicitudes como en la justificación de la prestación de las soluciones.
La llegada del Kit Consulting para PYMES es otra magnífica oportunidad para que las empresas avancen en su Transformación Digital, incorporando asesoramiento en tecnologías innovadoras y competitivas.